1. No ser sujeto encuadrado en el Impuesto a las Ganancias cuarta categoría.

2. No contar en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el Monotributo categoría “C” o superior, o en el régimen de trabajo autónomo.

3. No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

4. Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondiente al período fiscal 2021, que no supere 50 veces el importe determinado como ganancias no imponibles respecto del Impuesto a las Ganancias.

5. No ser propietario o propietaria de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.

Cómo y cuándo solicitar el reintegro del bono

Los empleadores deberán solicitar el reintegro, ingresando la documentación en una opción que se denominará “Solicitud de reintegro – Decreto N° 841/22″.

Para realizar el trámite se debe ingresar al Portal Servicio Doméstico de la web de AFIP

Para realizar el trámite se debe ingresar al Portal Servicio Doméstico de la web de AFIP© Proporcionado por iProfesional
Para realizar el trámite se debe ingresar al Portal Casas Particulares

La aplicación para realizar la inscripción en el beneficio de reintegro del bono de fin de año estará en el portal de casas particulares del sitio web de AFIP

El plazo para la inscripción en el trámite para solicitar el reintegro comenzó este lunes 16 y finalizará el próximo lunes 23.