El Estado Nacional otorga una serie de planes sociales a aquellas personas que se encuentren desempleadas. El beneficio económico se cobra a través de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), con el objetivo de brindar una ayuda temporal a los trabajadores mientras buscan un nuevo empleo.
La prestación por desempleo es un derecho que tienen los trabajadores registrados en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP).
¿Qué puedo cobrar si no tengo trabajo?
Las personas que no tienen trabajo pueden cobrar el seguro por desempleo. Este plan social es una herramienta del Gobierno, que busca contrarrestar la caída de ingresos generada por la pérdida involuntaria del trabajo, reducir el riesgo al desaliento y ayudar a la búsqueda de un nuevo empleo.
Las personas que pueden cobrar la prestación por desempleo son trabajadores en relación de dependencia y trabajadores de la construcción. Cada grupo cuenta con una serie de requisitos y obligaciones para recibir el beneficio.
Prestación por desempleo para trabajadores en relación de dependencia
Los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin causa justa, por finalización de contrato o por causas externas, pueden acceder al beneficio de la prestación.
Los requisitos dependen del tipo de trabajador, por un lado, los trabajadores permanentes deben contar con al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
Los trabajadores eventuales y de temporada deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
El monto y la cantidad de cuotas, entre 2 y 12, del seguro por desempleo para los trabajadores en relación de dependencia se calculan según los ingresos y los meses trabajados, en los que hubieron aportes al sistema, durante los últimos tres años. Los empleados mayores a 45 años cobran el plan durante 6 meses más.
Prestación por desempleo para trabajadores de la construcción
La prestación está destinada a trabajadores de la construcción despedidos sin causa justa o por finalización de obra. Para cobrar el seguro por desempleo, deben tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.
El monto y la cantidad de cuotas, entre 3 y 8, para los trabajadores permanentes se calcula según los ingresos y meses trabajados con aportes durante los últimos 2 años, al igual que para los trabajadores eventuales o de temporada que trabajaron un año o más. Aquellos que trabajaron menos de un año, podrán cobrar un día por cada 3 de servicio. Las personas mayores de 45 años cobran el plan durante 6 meses más.
¿Qué ayuda puedo solicitar si no tengo ningún ingreso?
Los trabajadores que no cuenten con ningún ingreso, pueden solicitar cobrar la prestación por desempleo de manera anticipada en un pago único.
En lugar de cobrar mensualmente la ayuda económica, pueden recibir la totalidad de las cuotas de la prestación en un único pago por adelantado.
El monto de dinero que se puede cobrar depende la cantidad de cuotas a las que el trabajador tenga derecho, las cuales varían en función del tiempo que trabajo contribuyendo al sistema.
Al solicitar el pago único anticipado, se renuncia a recibir el beneficio en cuotas mensuales posteriores. Asimismo, se debe tener en cuenta que el la cantidad de dinero será menor a la que se cobra en las cuotas mensuales, debido a que se aplican descuentos por impuestos y cargas sociales.
En general, esta modalidad de la prestación por desempleo, la suelen elegir aquellas personas que tiene un proyecto personal o laboral, por ejemplo crear un emprendimiento, y necesitar del capital para iniciarlo.
Para acceder a esta forma de pago los trabajadores no deben haber cobrado el pago único en los últimos 5 años, y deben haber recibido el primer mes del seguro por desempleo y tener al menos 3 meses pendientes por cobrar.
¿Qué puedo hacer si no tengo trabajo?
Las personas que se quedaron sin trabajo y hayan trabajado de manera registrada pueden acceder al plan social otorgado por el Gobierno Nacional. La prestación por desempleo consiste en una ayuda económica para mantener los ingresos e incentivar a los trabajadores a conseguir un nuevo empleo.
Una vez conseguido un nuevo empleo formal, se debe suspender la prestación dentro de los 5 días hables de haber vuelto a trabajar. En caso no hacerlo o hacerlo de forma tardía, se deberá pagar un recargo. Además, las personas que cobren el seguro por desempleo de forma indebida, deberán devolver los pagos y no podrán volver a solicitar la prestación en caso de quedar desempleados nuevamente.
Al cobrar la prestación por desempleo, a los beneficiarios también les corresponde recibir las asignaciones familiares por desempleo. Padres o madres que tengan hijos menores de 18 años, hijos con discapacidad o que estén estudiando pueden solicitar las asignaciones familiares en cualquier momento del transcurso de la prestación.
Las asignaciones familiares consisten en un pago mensual, y el monto varía en función del número de hijos y de la zona en la que la familia viva. El plan es acumulativo si ambos padres se encuentran cobrando el seguro por desempleo.
Las asignaciones familiares que se pueden cobrar son la Asignación Familiar por Prenatal, Asignación Familiar por Hija e Hijo, Ayuda escolar Anual, Asignación Familiar por Matrimonio y Asignación Familiar por Nacimiento y Adopción.
¿Cómo puedo saber si tengo derecho a alguna ayuda?
Para saber si se tiene derecho a cobrar algún plan social que otorga el Estado Nacional, se puede ingresar a la página web de ANSES para obtener toda la información y requisitos de todos los planes vigentes. Ingresando a la cuenta personal de Mi ANSES, se puede tramitar cualquiera de los beneficios sociales, y conocer el lugar y fecha de cobro de cada uno de ellos.
De igual forma, se puede solicitar toda la información y conocer si estas en condiciones de acceder a alguna prestación de manera presencial en las oficinas de ANSES.