La Cámara de Casación redujo de 12 a diez años la condena a Lázaro Báez por lavado de dinero pero, indirectamente, benefició a Cristina Fernández de Kirchner porque golpeó en tres argumentos que se usaban contra la vicepresidenta. Primero, los magistrados sostuvieron que no está probado que el dinero de Báez provenga de ilícitos en la construcción de las rutas de Santa de Cruz. Segundo, afirmaron que la plata que Báez mandó al exterior era –y siempre fue– del santacruceño. Es decir que desestima la idea de que Báez era testaferro de la familia Kirchner. Tercero, los jueces sobreseyeron a las hijas de Báez, Melina y Sabrina, porque nunca tuvieron participación alguna en los negocios del constructor ni firmaron nada de nada. Ese criterio sienta una base respecto de Florencia Kirchner que en la causa Hotesur-Los Sauces tampoco participó en nada, nunca firmó ningún documento y tenía 12 años cuando arrancaron esas sociedades.
La causa de lavado de dinero se centra en las operaciones que hizo Báez sacando 55 millones de dólares a nombre de sociedades armadas en Panamá –por ejemplo, Fundación Kinsky, Fromental Corp, Tyndall Limited– cuyos beneficiarios finales siempre fueron los cuatro hijos de Báez. Esos 55 millones de dólares, después de pasar por bancos en Suiza terminaron regresando a la Argentina cuando el constructor repatrió los fondos comprando bonos de la deuda soberana argentina y se asoció con el primo de Mauricio Macri, Angelo Calcaterra, para competir en la licitación por las dos grandes represas de Santa Cruz, la Néstor Kirchner y la Jorge Cepernic. Por entonces, Báez no era mala palabra para el macrismo.
Los jueces de Casación que firmaron el fallo de ayer –nada menos que 981 páginas– fueron Javier Carbajo, quien confirmó todo lo que venía del juicio oral y por lo tanto mantuvo las acusaciones y la pena de 12 años para Báez, y el voto mayoritario lo suscribieron Mariano Borinsky y Angela Ledesma, que redujeron la condena de Báez y absolvieron a las dos hijas del santacruceño. La magistrada se basó mucho en la resolución que en su momento dictó la jueza María Gabriela López Iñiguez, especialmente en la evaluación –con perspectiva de género– de las condenas de tres años que les habían aplicado a Sabrina y Melina Báez. Esas condenas ahora fueron revocadas.
Hay dos temas que marcan la cancha respecto de Cristina Kirchner. Los jueces del Tribunal Oral sostuvieron en su momento, por mayoría, que el lavado de dinero tenía un delito precedente del que salió la plata luego enviada a Suiza. Ese delito anterior era el juzgado en la causa Vialidad, o sea la obra pública de Santa Cruz. Los magistrados –en especial Ledesma– señalaron que no basta con hacer una declaración general o señalar lo que sostuvo el fiscal Diego Luciani, sino que tiene que haber pruebas precisas. La obra pública se paga en blanco, de manera que se requería probar cómo ese dinero se convirtió en negro y luego se fugó. Como nada dijeron de eso los jueces del Tribunal Oral, Ledesma desechó la causa Vialidad como delito precedente. Borinsky no le dio relevancia a la cuestión: dijo que con probar la maniobra de lavado, era suficiente. Pero la conclusión es que Vialidad no quedó como delito precedente, algo agitado por el macrismo durante años y reflejado en la tapa de los diarios.
El otro punto reiterado una y otra vez por los aliados mediáticos del macrismo es que el dinero de Báez era de los Kirchner, que el constructor era testaferro de Néstor y Cristina. Ahora los jueces afirman que la plata de Báez era –y siempre fue– de Báez. Es algo que sostuvo el juez que instruyó la causa, Sebastián Casanello, a quien le hicieron la guerra los medios, Juntos por el Cambio y la Agencia Federal de Inteligencia, manejada entonces por Macri. Le armaron incluso una causa fraudulenta señalando que el magistrado había estado en Olivos pactando con CFK. Todo se demostró que era falso. El pecado de Casanello fue señalar lo que ahora dicen los magistrados de Casación: que los fondos y sociedades de Báez son de Báez y que la prueba es que hasta en su testamento sólo figuran sus propios hijos como únicos beneficiarios. No hay ninguna sociedad oculta ni figura ningún Kirchner.
Finalmente, la absolución de Melina y Sabrina también fija un criterio que se aplicará respecto de Florencia Kirchner: no tienen responsabilidad penal hijos o hijas que no participaban de las actividades de sus padres, no registran firma alguna, aunque esos padres los hayan puestos como herederos finales de sus bienes.
En su momento, la juez López Iñiguez evaluó el fallo sobre el lavado de dinero con una mirada crítica. Señaló que los delincuentes de guante blanco –bancos extranjeros que se llevan el dinero al exterior– eran condenados débilmente, mientras que se condenaba con dureza a jóvenes mujeres –las hijas de Báez– que no habían tenido ninguna participación.
Es obvio que el fallo de Casación será apelado a la Corte Suprema, aunque es muy probable que el máximo tribunal termine rechazando los recursos.