V.S.C hace unas semanas llegó a juicio al ser visto culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años, en perjuicio de una nena que al momento del hecho tenía 14 años. El debate se realizó y para la fiscalía de ANIVI, a cargo de Duilio Ejarque, quedó comprobado que este hombre ultrajó carnalmente a la menor. Pero no para el triunvirato de jueces, que lo penó por un delito menor, abuso sexual simple agravado.

Condenaron a un hombre por el delito de abuso sexual simple. La fiscalía había pedido 9 años. Imagen ilustrativa

Fuentes judiciales dijeron a este diario que la fiscalía en la acusación solicitó que este hombre sea penado con 12 años de prisión efectiva. Pero en la audiencia de cesura fiscalía tuvo que rebajar la pena y pidió 9 (el delito de abuso sexual simple va de 3 a 10 años).

Finalmente, el triunvirato de jueces conformado por Andrés Abelìn Cottonaro, Ramón Alberto Caballero y María Gema Guerrero, condenaron a este V.S.C. a la pena de 3 años de prisión condicional por el delito de abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años.

El fiscal Ejarque adelantó que esperará los fundamentos y los estudiará para apelar este fallo.

V.S.C. era pareja de la madre de la víctima. Entre febrero y junio de 2020 (cuando la damnificada tenía 14 años), la nena, la madre, el abusador y otra persona se fueron a vivir juntos. En ese lapso de tiempo ocurrió el abuso contra la nena que es una persona con discapacidad.

Aparentemente, los investigadores creen que este V.S.C. aprovechó que su pareja estaba durmiendo y la nena viendo televisión. Se le sentó al lado y empezó a manosearla hasta que la accedió carnalmente. Le dijo el grave improperio que “era su puta” y la amenazó con hacerle daño si decía algo.

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By Diario Gral. Belgrano

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