Cada vez que los combustibles aumentan se mueve buena parte del tablero económico de una sociedad, entre ellos el valor de las multas de tránsito que deberán pagar aquellas personas que violen las reglas.

En San Juan, tras el incremento establecido el pasado jueves 3 de noviembre por YPF en sus naftas, la Justicia de Faltas actualizó las penalizaciones económicas para los infractores. Estas multas se miden por Unidades Fiscales (UF) y su valor se saca tomando como referencia el precio de la nafta Infinia, que quedó posicionado en $202.10.

Así quedaron los valores de las multas por cada infracción

– Conducir vehículos en estado de intoxicación alcohólica o bajo la acción de estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir:

Motos: 150 UF: 30.315 pesos

Automóviles: 250 UF: 50.525 pesos

Camionetas o furgones: 300 UF: 60.630 pesos

Camiones 400 UF: 80.840 pesos

Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 121.260 pesos

– No permitir a la autoridad de aplicación el control sobre la ingesta de alcohol o estupefacientes luego de cometida una infracción: 150 UF: 30.315 pesos

– Darse a la fuga o pretender fugar, o eludir autoridad interviniente en un operativo de control, o negarse a suministrar en tal circunstancia los datos esenciales de licencia de conductor: 200 UF: 40.420 pesos

– Violar las disposiciones de la autoridad policial, fuerza de seguridad, funcionario público en función de control de tránsito, o las dadas por aparatos mecánicos indicativos de tránsito: 150 UF: 30.315 pesos

– Ser parte de un accidente de tránsito y no denunciarlo ante cualquier autoridad de control: 150 UF: 30.315 pesos

– Conducir vehículos a velocidad peligrosa: 250 UF: 50.525 pesos

– Violar los límites de velocidad señalizados o fijados en normas de tránsito: 250 UF: 50.525 pesos

– Competir en velocidad o regularidad con otro vehículo en la vía pública: 250 UF: 50.525 pesos

– Conducción de vehículos sin estar habilitados, o con registro vencido, o estando suspendida la habilitación o inhabilitados por autoridad judicial:

Motos: 150 UF: 30.315 pesos

Automóviles: 250 UF: 50.525 pesos

Camionetas o furgones: 300 UF: 60.630 pesos

Camiones 400 UF: 80.840 pesos

Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 121.260 pesos

-Al propietario o responsable de un vehículo que permita la conducción del mismo a personas no habilitadas, o menores de 16 años se aplicará:

Motos: 150 UF: 30.315 pesos

Automóviles: 250 UF: 50.525 pesos

Camionetas o furgones: 300 UF: 60.630 pesos

Camiones 400 UF: 80.840 pesos

Vehículo de transporte público de pasajeros: 600 UF: 121.260 pesos

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By Diario Gral. Belgrano

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